Calculadora de vacaciones 2026
Escribe la fecha en que empezaste, la fecha de corte, tu salario y los días de vacaciones que ya disfrutaste. Te decimos cuántos días llevas y cuánto valen en dinero.
Calcula tus vacaciones
Usamos el salario mínimo de 2026 ($1.750.905, Decreto 1469 de 2025) para los ejemplos. Última actualización de parámetros: 20 de octubre de 2026.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan?
Por cada año trabajado se causan 15 días de vacaciones pagadas, y si llevas menos de un año, la parte proporcional. Norma: Art. 186 del Código Sustantivo del Trabajo.
Esos días son hábiles: cuando sales a vacaciones, los domingos y festivos no se descuentan de tus días. Para pasarlos a dinero, cada día vale un día de salario (salario ÷ 30).
¿Cómo se calcula el valor de las vacaciones?
Fórmula: salario × días trabajados ÷ 720, menos lo ya disfrutado (salario ÷ 30 × días disfrutados). Aquí no se suma el auxilio de transporte. Si disfrutaste más días de los que tenías, el valor queda en $0.
Los días trabajados se cuentan con el año comercial: meses de 30 días y años de 360, contando el primer y el último día. La calculadora toma todo el contrato, desde la fecha de inicio, y resta los días que ya disfrutaste.
Ejemplo con salario mínimo
Si ganas el salario mínimo de 2026 ($1.750.905) y llevas 1 año sin salir a vacaciones, tienes 15 días pendientes, que valen $875.453.
Vacaciones en la liquidación
Las vacaciones que se causaron y no disfrutaste te las pagan en la liquidación, sin importar si renunciaste o te despidieron. Si te terminaron el contrato, la calculadora de liquidación laboral las suma con cesantías, intereses, prima e indemnización.
¿Cuánto valen las vacaciones por 3 o 6 meses, 1 o 2 años?
Calculado con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905), sin vacaciones disfrutadas. Lo calcula la misma calculadora de arriba.
| Tiempo | Días trabajados | Días de vacaciones | Valor |
|---|---|---|---|
| 3 meses | 90 | 3,75 | $218.863 |
| 6 meses | 180 | 7,5 | $437.726 |
| 1 año | 360 | 15 | $875.453 |
| 2 años | 720 | 30 | $1.750.905 |
Fechas usadas: cada período termina el 31 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Me pagan las vacaciones si renuncio?
Sí. Las vacaciones que se causaron y no disfrutaste se pagan en la liquidación sin importar el motivo de la terminación.
¿El auxilio de transporte entra en las vacaciones?
No. Las vacaciones se calculan solo sobre el salario. El auxilio de transporte entra en la base de cesantías y prima, pero no en la de vacaciones. Norma: Ley 15 de 1959.
¿Me pueden pagar las vacaciones en dinero sin salir de la empresa?
Solo en parte: mientras el contrato sigue vigente, puedes acordar con el empleador que te paguen en dinero hasta la mitad de tus vacaciones. El resto debes disfrutarlo. Al terminar el contrato, todo lo pendiente se paga en dinero.
¿Puedo acumular vacaciones de varios años?
Puedes acordar con el empleador acumular parte de tus vacaciones, en general hasta por dos años. La calculadora suma todo lo causado desde el inicio del contrato y resta lo que ya disfrutaste, así que también sirve si tienes vacaciones acumuladas.
¿Qué salario se usa si gano comisiones u horas extra?
Si tu salario es variable, se usa el promedio de lo que ganaste en el último año (o en todo el tiempo trabajado, si fue menos). Escribe ese promedio en el campo de salario.
Casos que esta calculadora todavía no cubre
- Trabajo doméstico por días.
- Régimen de transición: personas que al 27 de diciembre de 2002 ya llevaban más de 10años en la misma empresa.
- Licencias no remuneradas y suspensiones del contrato (no se descuentan de los días trabajados).
Otras calculadoras
- Calculadora de liquidación laboralTodo lo que te deben al terminar el contrato: cesantías, intereses, prima, vacaciones e indemnización.
- Calculadora de cesantías e interesesCuánto te deben de cesantías y de intereses sobre cesantías, al terminar el contrato o al cierre del año.
- Calculadora de prima de serviciosLa prima del semestre, completa o proporcional a los días que trabajaste.
- Calculadora de indemnización por despido sin justa causaLa indemnización según tu tipo de contrato, tu salario y el tiempo trabajado.
Cálculo informativo. No reemplaza la asesoría de un abogado laboral ni la liquidación oficial del empleador.
Última actualización de parámetros: 20 de octubre de 2026.
